INSTITUTO SUPERIOR DE AUDITORÍA Y FISCALIZACIÓN

Artículo 81 • Fracción IX

Información financiera

Dentro de la información financiera que deberá hacer pública cada sujeto obligado, se deberá especificar el presupuesto de ingresos y de egresos autorizado por la instancia correspondiente del ejercicio fiscal vigente y un apartado con el histórico con un mínimo de diez años de antigüedad; así como los avances en la ejecución del vigente. Para el cumplimiento de los avances de ejecución deberá publicarse en los sitios de internet correspondientes, los estados financieros trimestrales.

Fecha de Actualización10/10/2024
Área ResponsableDirección General de Administración
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